Este boletín recoge información en materia de ayudas y subvenciones, formación y empleo de las Comarcas de La Jacetania y Alto Gállego.

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SUBVENCIONES del Dpto. de Agricultura, Ganadería y Alimentación en materia de COOPERACIÓN PARA LA CREACIÓN DE GRUPOS Y REDES EN EL ÁMBITO DE LA SANIDAD VEGETAL Y EL CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS, para el año 2025.

Orden AGA/1468/2024 de 12 de noviembre
Publicado en BOA nº 236 de 04/11/2024
Plazo presentación solicitudes finaliza el 14 de marzo de 2025.

Esta Orden tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a la creación y mantenimiento de redes de alerta y vigilancia fitosanitaria en la Comunidad Autónoma de Aragón, para el año 2025, dentro de la Medida M16. Cooperación, Submedida 2, apoyo a acciones de cooperación de agentes del sector agrario y de grupos y redes en el marco del Programa para Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de acuerdo con lo establecido en la Orden DRS/346/2016, de 7 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para la creación de grupos y redes en el ámbito de la sanidad vegetal y el control integrado de plagas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, y en el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón.

La finalidad de la subvención que aquí se convoca es contribuir económicamente a la implantación y al sostenimiento de las redes de vigilancia fitosanitaria que al menos deberán integrar una de las siguientes orientaciones productivas: frutales, cultivos herbáceos, viña, olivo u hortícolas, siempre como herramientas útiles en la prevención y la lucha contra plagas y la racionalización del uso de medios de defensa fitosanitaria. Del mismo modo servirán para sufragar parte de los gastos de implantación de proyectos demostrativos de métodos biotecnológicos para el control de plagas que precisen la cooperación entre las agrupaciones de agricultores.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden DRS/346/2016, de 7 de abril, serán susceptibles de subvención las siguientes actividades:

- La participación mediante la cooperación en el seguimiento de la fenología y plagas de los cultivos. Para llevar a cabo esta actividad se pondrá a disposición de las Agrupaciones la aplicación de gestión Redfara (Red Fitosanitaria de Aragón) www.redfara.es donde se deberán registrar obligatoriamente los datos de los seguimientos realizados por cada Agrupación.

- La participación y/o colaboración en actividades de investigación e innovación a través de la cooperación y que tengan una directa conexión con los problemas del sector productor en el ámbito de la gestión integrada de plagas y los nuevos métodos de control de plagas.

- La participación en proyectos demostrativos de métodos biotecnológicos para el control de plagas que precisen la cooperación entre las agrupaciones de agricultores, y más concretamente la aplicación de confusión sexual para la lucha contra Lobesia botrana en viña, y la captura masiva o la atracción y muerte de adultos de Bactrocera oleae en olivar.

Según el artículo 7 de la Orden DRS/346/2016, de 7 de abril, podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta Orden:

- Los grupos de cooperación que se constituyan con personalidad jurídica propia, creados según se definen en el artículo 3.3 de la Orden DRS/346/2016, de 7 de abril.

- Los miembros de un grupo de cooperación que carezca de personalidad jurídica, en todo caso deberán reunir alguna de las siguientes condiciones:

- Ser una agrupación o asociación de productores con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón, que tengan acreditada y oficialmente reconocida ante la autoridad competente su actividad en fines relacionados con la sanidad vegetal y la gestión integrada de plagas y que dispongan de personal con la cualificación necesaria.

- Ser una entidad pública, con personalidad jurídica dedicada a la investigación con sede social en la Comunidad Autónoma de Aragón que puedan formar parte de la Asociación Europea de Innovación (AEI) y que tengan entre sus objetivos el intercambio de información y experiencias en materia de sanidad vegetal.

Más información:

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