Este boletín recoge información en materia de ayudas y subvenciones, formación y empleo de las Comarcas de La Jacetania y Alto Gállego.

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SUBVENCIONES del Ayuntamiento de Biescas PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE CULTURA, DEPORTES, MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN SOCIAL DIRIGIDAS A ASOCIACIONES DEL MUNICIPIO DE BIESCAS

Fecha de publicación del Extracto de la convocatoria en el BOPH nº192 de 03/10/2024.
Plazo de presentación de solicitudes finaliza el 23/10/2024.

Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos que supongan la realización de actividades o actuaciones en materia de cultura, deportes, medio ambiente y acción social organizadas por las Asociaciones del municipio de Biescas, desarrolladas dentro del municipio durante el año 2024 y cuya finalidad se encuadre en alguna de las siguientes actividades:

CULTURA:
a) Organización de proyectos de actividades relativas a la música, teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, publicaciones, intercambios, certámenes culturales, encuentros
y, en general, todos aquellos programas o actividades de fomento de la cultura en su más
amplia acepción o que garanticen la protección y difusión del patrimonio cultural del municipio.
b) Organización de actividades que pretendan la protección, conservación y difusión de las
tradiciones populares.
c) Realización de inversiones en la recuperación del Patrimonio cultural así como la realización de cursos, jornadas, etc., relacionadas con el patrimonio municipal.

DEPORTES:
a) Organización de competiciones y espectáculos deportivos de ámbito municipal.
b) Organización de actividades de promoción que fomenten la participación deportiva.
c) Participación en competiciones deportivas organizadas, de equipos o deportistas de categorías benjamín, alevín, infantil, cadete y juvenil.

MEDIO AMBIENTE:
a) Actividades de difusión medioambientales dirigidas a fomentar la información, participación y la sensibilización de la población sobre temas medioambientales (organización de cursos o encuentros, exposiciones, campañas?).
b) Actividades de educación medioambiental (talleres de ocio, cursos de formación, trabajos
de campo, aulas de naturaleza, programas y actividades de educación ambiental?).
c) Realización de estudios y proyectos en el ámbito del medio ambiente, que incluyan la difusión de los resultados.
d) Publicaciones y material de difusión medioambiental siempre que su destino sea la
distribución gratuita.

ACCIÓN SOCIAL:
a) Actuaciones que faciliten el acceso a colectivos dependientes que residan en el municipio, a recursos básicos para su atención.
b) Actuaciones en el ámbito de prevención y/o inserción dirigido a colectivos específicos.

No podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:
Con carácter general, no serán objeto de subvención:
a) Los viajes lúdicos, las consumiciones de bebidas o alimentación, desplazamientos en vehículos particulares.
b) Las nóminas de personal que formen parte de la estructura estable de Asociación así como los gastos de funcionamiento de la asociación; la adquisición de locales o edificios o las obras efectuadas en los mismos.En el área de Acción Social, podrá admitirse la justificación de nóminas de personal cuando así se derive de la naturaleza de la actuación subvencionada, valorando para ello la adscripción y dedicación horaria del trabajador al proyecto de que se trate.
c) Las actividades de carácter docente previstas en los planes de enseñanza reglada, así como las actividades de asociaciones que desarrollen sus funciones en ámbitos educativos.
d) Actividades que ya estén subvencionadas a través de otros programas o que estén incluidas como parte de otros programas ya subvencionados).
e) Actividades con ánimo de lucro.
f) La subvención o subcontratación de otras entidades o particulares en la organización y/o
desarrollo de toda o parte fundamental de la actividad, salvo que se trate de actuaciones de
dinamización promovidas por personas jurídicas cuyo objeto social no incluya el ejercicio de
esas actividades.
g) Los gastos ordinarios no relacionados directamente con la organización de la actividad
subvencionable.
En el caso de que la actividad subvencionada no se realice, no se subvencionarán los gastos preparatorios de la misma.
Serán objeto de subvención hasta el 50 % las comidas de hermandad y los viajes culturales.

Específica, en materia de Medio Ambiente, no serán objeto de subvención:
a) Medidas de prevención de incendios.
b) Adquisición de equipos que no estén directamente relacionados con el proyecto subvencionado.
c) Tratamientos selvícolas: desbroces, clareos ,podas?(cuando constituyan en sí mismos, sin más, el proyecto a subvencionar).
d) Memorias o estudios relativos a auditorias ambientales así como estudios de impacto ambiental de actividades que deban someterse a evaluación de impacto ambiental (RD 9/2000 de 6 de octubre).

Más información:

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Información y contacto

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Comarca de La Jacetania
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22700 Jaca
Tel. 974 356 980
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22630 Biescas
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22600 Sabiñánigo
Tel. 974 484 213 -
974 48 42 00 ext. 4204

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TÉCNICOS DE DESARROLLO RURAL DE ADECUARA

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