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AYUDAS del Dpto. de Presidencia, Economía y Justicia destinadas a PROYECTOS EMPRESARIALES PARA LA TRANSFORMACIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL en Aragón, Línea TDI-FEDER, correspondientes al ejercicio 2025.
Orden PEJ/1104/2024 de 16 de septiembre
Publicado en BOA nº 187 de 25/09/2024
Plazo presentación solicitudes finaliza el 15/01/2025
Esta Orden tiene por objeto convocar ayudas destinadas a proyectos empresariales de grandes empresas y Pyme que puedan considerarse como de actividad industrial o conexa, para la realización de las actuaciones previstas en el dispositivo segundo de esta Orden, en el marco del programa de ayudas a la industria y a la Pyme en Aragón (PAIP). Estas ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido a conceder en régimen de concurrencia competitiva.
Se considerarán actuaciones subvencionables, desarrolladas por los beneficiarios previstos en el dispositivo tercero de esta Orden, las que estando recogidas en el Objetivo específico 1.1: "El desarrollo y mejora de las capacidades de investigación e innovación y la implantación de tecnologías avanzadas", Actuación: "Fomento de la inversión I+D+i en el tejido productivo en Aragón" del Programa FEDER Aragón 2021-2027, se correspondan con proyectos que se realicen e implanten de forma efectiva en la Comunidad Autónoma de Aragón en el período subvencionable correspondiente, dentro de las categorías de ayudas regionales a la inversión, ayudas a la inversión en favor de las Pyme, ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental, ayudas a la innovación en materia de procesos y organización, ayudas específicas en materia de innovación-derechos de propiedad industrial y ayudas en materia de servicios de consultoría, de las recogidas en el capítulo II, artículo 7.1 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la Pyme en Aragón.
A estos efectos, se entenderá por proyecto cualquier iniciativa de gasto o inversión sobre una operación o activo concreto, que vaya a realizarse en el plazo subvencionable establecido y que, de forma individual o combinada, tenga un sentido empresarial, sin perjuicio de que esa iniciativa pueda integrarse, en su contenido o en el tiempo, en un plan mayor.
El período general para realizar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable) comienza el 1 de junio de 2024 y se extiende hasta el 31 de mayo de 2025, ambas fechas inclusive, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, en consideración del efecto incentivador que dispone el Reglamento General de Excepción por Categorías, a aquellos proyectos cuyo inicio sea anterior a la fecha de solicitud, solo les podrá ser de aplicación, en su caso, una ayuda "de minimis", acogiéndose a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2831/2023, de 13 de diciembre de 2023, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas "de minimis".
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las empresas (Pyme y grandes empresas) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, puntos 3, 4 y 5 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre.
Más información:
Información y contacto
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22700 Jaca
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agentedesarrollo@biescas.es
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Plaza España. 2
22600 Sabiñánigo
Tel. 974 484 213 -
974 48 42 00 ext. 4204
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TÉCNICOS DE DESARROLLO RURAL DE ADECUARA
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22600 Sabiñánigo
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