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SUBVENCIONES del Dpto.de Presidencia, Economía y Justicia destinadas a APOYAR A SOCIEDADES COOPERATIVAS EN ARAGÓN para el ejercicio 2024.
Orden PEJ/853/2024 de 17 de julio
Publicado en BOA nº 149 de 01/08/2024
Plazo presentación solicitudes finaliza el 31/10/2024
Se convocan subvenciones para el año 2024, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, destinadas a apoyar a las sociedades cooperativas de Aragón, en el marco del Plan de Impulso de la Economía Social.
Se considerarán subvencionables las siguientes actividades que se realicen en el ejercicio 2024:
a) Constitución de nuevas cooperativas, fusiones y absorciones de las mismas, creación de grupos cooperativos, así como el asesoramiento para ello.
b) Asistencias técnicas dirigidas a la puesta en marcha de la cooperativa en las primeras fases de su actividad.
c) Digitalización y modernización tecnológica de las cooperativas mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y la implantación de las soluciones tecnológicas adaptadas a sus necesidades.
d) Formación de las personas socias para el desarrollo de actividades comprendidas en el ámbito de actuación de la cooperativa.
e) Realización de inversiones en activos fijos específicamente afectos a la realización del objeto social de la entidad, que resulten necesarias para su puesta en funcionamiento o para la incorporación de nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones a las que se refiere esta convocatoria las cooperativas constituidas de conformidad con la Ley de Cooperativas de Aragón, con excepción de:
a) Las cooperativas agrarias.
b) Las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra.
c) Las cooperativas de crédito.
d) Las cooperativas de seguros.
e) Las cooperativas de viviendas.
f) Las cooperativas cuya actividad esté relacionada con el transporte de pasajeros.
g) Las cooperativas cuya actividad esté relacionada con las actividades deportivas.
h) Las cooperativas de trabajo asociado.
Con carácter general, las cooperativas beneficiarias deberán reunir en el momento de la solicitud los siguientes requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Cooperativas de Aragón.
b) Ser de reciente constitución. A estos efectos, se entenderá que la cooperativa es de reciente constitución si su inscripción en el Registro de Cooperativas de Aragón es posterior al 1 de enero de 2019.
c) Tener el centro de trabajo en el que se desarrolla la actividad subvencionada en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Más información:
Información y contacto
AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL – AEDL
Comarca de La Jacetania
C/ Ferrocarril, s/n
22700 Jaca
Tel. 974 356 980
Tel. 690 028 403
imadrigal@jacetania.es
Ayuntamiento de Biescas
Plaza Ayuntamiento, 1
22630 Biescas
Tel. 974 48 50 02 ext. 5
agentedesarrollo@biescas.es
Ayuntamiento de Sabiñánigo
Plaza España. 2
22600 Sabiñánigo
Tel. 974 484 213 -
974 48 42 00 ext. 4204
apalacin@aytosabi.es
TÉCNICOS DE DESARROLLO RURAL DE ADECUARA
Ctra. N-240. Antiguo Molino
22753 Puente la Reina de Jaca
Tel. 974 377 358
gerencia@adecuara.org
C/ Secorum, s/n
22600 Sabiñánigo
Tel .974 413 888 – 974 483 311 (Comarca)
adecuara@adecuara.org
ENLACES DE INTERÉS
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