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SUBVENCIONES del Dpto. de Economía, Empleo e Industria dirigidas a FOMENTAR LA CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DE PUESTOS DE TRABAJO en los CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO.
Orden EEI/2000/2023 de 20 de diciembre
Publicado en BOA n1 8 de 11/01/2024
Plazo presentación solicitudes: ver convocatoria
La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2024, las subvenciones para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo, en adelante CEE, reguladas en la Sección 2ª y 3ª del Capítulo II, de la Orden EPE/23/2023, de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido mediante la concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en los centros especiales de empleo. En concreto:
a) Subvención del coste salarial correspondiente a los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, cuya finalidad es promover el mantenimiento de dichos puestos de trabajo.
b) Subvención por adaptación de puestos de trabajo, incluidas las medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación, así como de la dotación de medios y equipos de protección personal para evitar riesgos laborales a las personas con discapacidad contratadas y de la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a la financiación de dichas adaptaciones.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta orden los CEE que posean la calificación administrativa como tales y que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón. Las actuaciones subvencionables deberán ir referidas a centros de trabajo situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, con independencia de que los centros especiales de empleo que sean beneficiarios de las subvenciones tengan o no su sede social en dicho territorio.
Las solicitudes de subvención del coste salarial, previstas en el artículo 12 de la Orden EPE/23/2023, de 16 de enero, por cada uno de los meses naturales comprendidos dentro del periodo convocado, así como por las pagas extras correspondientes a dicho periodo cuando estas no hubiesen sido prorrateadas, se presentarán conforme a los plazos que se establecen en la siguiente tabla (ver convocatoria en archivo adjunto)
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad prevista en el artículo 13 de la Orden EPE/23/2023, de 16 de enero, será de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en el que se haya efectuado en su totalidad el pago del gasto ocasionado por la correspondiente adaptación.
Más información:
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